jueves, 17 de abril de 2008

El contexto histórico en que nacen los cursillos

Tomado del Libro “Cursillos de Cristiandad El Mensaje, el origen, una experiencia
Escrito por: Mons. Jaime Capó (1989)

1º. Desde el mismo inicio de los Cursillos se presiente que no pueden encajar con las normas, reglamentos, cuadros apostólicos, existentes. Situémonos en el contexto histórico. Se había encontrado la fórmula de incorporar al seglar en el apostolado específicamente “religioso”. Se hablaba del “mandato jerárquico”. Los seglares podían actuar en la evangelización propiamente dicha, gracias a que, por dicho mandato, se convertían en “partícipes del apostolado jerárquico”. Pío XI impulsó grandemente la Acción Católica y la definió como “PARTICIPACION DE LOS SEGLARES EN EL APOSTOLADO JERARQUICO”. Pío XII siguió en la misma línea. Algunos teólogos ponían reparos a la expresión de Pío XI. El Papa Pío XII redefinió la Acción Católica como “LA COLABORACION DE LOS SEGLARES EN EL APOSTOLADO JERARQUICO”. En la mayoría de naciones se organizó la Acción Católica como ORGANIZACIÓN OFICIAL DE LA IGLESIA. En mi Seminario se estableció la cátedra de Acción Católica y los Obispos se dieron a la tarea, con afán y predilección, de establecerla. Los reglamentos nacionales eran respetados con minuciosidad.

La estructura abarcaba desde los organismos nacionales hasta los parroquiales. En el campo diocesano todo correspondía al Obispo. En el área parroquial sólo correspondía al párroco presidir la Junta Parroquial. Los Consiliarios de rama eran nombrados por el Obispo, quien señalaba al párroco o a uno de los coadjutores. El nombramiento era episcopal.

2º. No existía mucho juego o flexibilidad en aquel contexto jurídico para la existencia de asociaciones. Los tratadistas buscaban dónde encajaba la Acción Católica. Le buscaban sitio en las Pías Uniones, en las Terceras Ordenes o en las Cofradías. La importancia que asumió Acción Católica, como APOSTOLADO OFICIAL DE LA IGLESIA, no dejó de producir malestar en otras asociaciones que, hasta entonces, se habían desenvuelto con éxito y ejemplaridad apostólica, como las Congregaciones Marianas, promovidas y dirigidas por la Compañía de Jesús. Pío XII resolvió esta gran pequeñez declarando que las Congregaciones Marianas eran verdadera Acción Católica.

La dependencia absoluta de la Acción Católica de la Jerarquía, de la cual recibía el “mandato”, mereció de los Obispos una especial dedicación. En el año 1949, año de mi ordenación sacerdotal, todos esperábamos con ilusión el nombramiento para alguna parroquia y, con la misma ilusión, acogíamos la designación de Consiliarios de Acción Católica. Ningún sacerdote era ajeno a la Acción Católica. Lo quería el Obispo; lo exigía el Obispo; lo valoraba el Obispo para futuros nombramientos. Este fue el camino por el cual bastantes llegaron al Episcopado. Los altos cargos nacionales y diocesanos tenían acceso fácil al Obispo. En cuestiones de apostolado, la presión de estos cargos era eficaz. La Nunciatura Apostólica era sensible a tales presiones.

3º. El Concilio Vaticano II se adentró con valentía en la doctrina del seglar en la Iglesia. El capítulo IV de la LUMEN GENTIUM establece fundamentos imprescindibles para el estudio de la laicología. El decreto APOSTOLICAM ACTUOSITATEM, sin contradecir lo establecido en la LUMEN GENTIUM, se muestra más conservador y descubre la presión de algunos sectores que vivían la nostalgia de la dependencia total que tenía el seglar de la Jerarquía en la tarea evangelizadora. El n. 20 de APOSTOLICAM ACTUOSITATEM, titulado “ACCION CATOLICA” recoge lo expuesto anteriormente sobre la misma. Entre las características de aquella A.C. estaba la “especialización”. La misma A.C. general era especializada en cierto modo, por la edad y el sexo. Existía la A.C. Obrera, la HOAC; la A.C. universitaria, JUC; la JOC abarcaba la juventud obrera, etc. Los presidentes eran nombrados por la Jerarquía. Se sentían jerarcas. Los campos de la jurisdicción estaban delimitados reglamentariamente. La A.C. situó la activación mayor del laico en el campo de la acción evangelizadora.

4º. A pesar de esta apertura o incorporación del laico en las tareas evangelizadoras, aparece, en los documentos de los Papas, que la raíz de esta capacidad apostólica es la delegación jerárquica. En el segundo congreso mundial del Apostolado de los Seglares (Roma, 5 al 13 de octubre de 1957) el Papa Pío XII decía: “…Incluso independientemente del escaso número de sacerdotes, las relaciones entre la Iglesia y el mundo exigen la intervención de apóstoles seglares. La ‹‹consecratio mundi›› es, en lo esencial, misión de los seglares, de hombres que se hallan mezclados íntimamente en la vida económica y social, y participan del gobierno y de las asambleas legislativas”. El Cardenal Montini, más tarde Pablo VI, recogía esta misma doctrina en una Carta Pastoral de 1962 a la Iglesia de Milán, y la matizaba delicadamente: “…Por esto la Iglesia llamará a los seglares, sus buenos y fieles seglares católicos, a realizar el puente entre su esfera sobrenatural, toda ella religiosamente canonizada, y la esfera sobrenatural, toda ella religiosamente canonizada, y la esfera sociológica y temporal en la que viven. Confiere como por delegación a su dócil y hábil colaboración la ardua y bellísima empresa de la consecratio mundi, es decir, de impregnar de principios cristianos y de sólidas virtudes naturales y sobrenaturales el inmenso campo del mundo profano”.

5º. El paso que dio el Concilio fue determinante para la laicología. De manera sintética y precisa se recoge la doctrina del Concilio en la nueva codificación del Derecho Canónico (cc. 204 y 225). La vocación al apostolado dimana del bautismo. Incorporados al Pueblo de Dios… son llamados, según su propia condición, a desempeñar la misión que Dios encomendó a cumplir a la Iglesia en el mundo. En el c. 225 explícitamente se afirma que “los laicos, como los demás fieles, están destinados por Dios al apostolado”.

No hay comentarios: